Judith Pinedo Flórez

Conocida como Mariamulata, hoy se encuentra injustamente privada de su libertad por un proceso judicial que te vamos a contar.
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QUEREMOS CONTARTE UNA PARTE DE SU VIDA

Nació en Manga, a orillas de la Bahía de Cartagena, cuando la Avenida Miramar era de caracolejo y arena y cuando aún su papá y los vecinos pescaban en las noches de luna llena cartagenera.

Del maestro Enrique Grau, aprendió que las mariamulatas han sobrevivido a todo, como los cartageneros. Que siempre viven en grandes colonias, se defienden colectivamente y protegen a sus crías y a los débiles, como creo yo que debemos hacer nosotros con nuestra ciudad. Que son de color negro o pardo, símbolo de nuestro mestizaje, el mismo que nos hace vibrar ante un tambor y ante una cumbia. Y que ambos, macho y hembra, tienen nombre femenino: Mariamulata, como para indicarnos que la ciudad debe ser dirigida por las dos visiones, la de los hombres y la de las mujeres.

Estudió Derecho en la Universidad de Cartagena. Es especialista en Derechos Humanos y en Derecho Público, pero su mayor aprendizaje se lo debe a su permanente relación con las comunidades cartageneras, un vínculo que empezó cuando estudiaba bachillerato y tuvo la tarea de alfabetizar en los barrios de las faldas de La Popa y que, más adelante fortaleció en la Universidad trabajando en barrios y fábricas con la gente.

Sus opiniones sobre los temas que le interesan a la ciudad han sido conocidos por todos y todas a través de su columna semanal «Miércoles de Mariamulata», publicada en el periódico El Universal durante varios años.

En su primera juventud, a sus papás les encantaba decir en chiste, cuando había un tema espinoso: «no le pregunten a Judith, porque contesta». Y lo sigue haciendo, sigue diciendo lo que piensa y haciendo lo que dice, como lo ha hecho siempre en las diversas responsabilidades que ha asumido, tanto en el sector público, como en el privado.

A continuación una síntesis de ese recorrido:

1989 – 1990

Secretaria de Gobierno Departamental

1992

Consejería Presidencial para los Derechos Humanos

1990 – 1993

Personera Distrital

1993 – 1995

Concejal

2001 – 2003

Abogada Consultora

2001 – 2003

Docente de Cátedra – Universidad Tecnológica de Bolívar

2004 – 2007

Directora Funcicar

2008 – 2011

Alcaldesa de Cartagena

2012 – 2013

Asesora Departamento para la Prosperidad Social (DPS)

2016 – 2017

Decana de la Facultad de Derecho Universidad San Buenaventura

¿Por qué decidimos participar en política?

Entendimos que solo a través de las vías democráticas es posible transformar la desigualdad, el racismo, recuperar los partidos y contener la degradación del voto. Tiene altos costos por el juego sucio que predomina, pero es la única vía.

Nuestros logros

Gracias a un equipo de profesionales, trabajando con pasión y con el apoyo de las fuerzas vivas de la ciudad y especialmente de la comunidad, logramos objetivos en varias áreas como puede observarse a continuación.

Salud
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Educación
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Cultura
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Obras Públicas
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Proceso Jurídico

El 23 de febrero de 2009, Judith Pinedo Florez, alcaldesa del Distrito de Cartagena, firmó la Escritura Pública No. 408, en la cual el distrito vendió un bien baldío de 243.75 Mts2 al HOTEL DANN de Cartagena, denominado “Polígono las Velas”. Lo anterior con el pleno convencimiento de estar actuando en el marco de las competencias otorgadas por la ley y demás normas vigentes para el momento.

Antecedentes Venta

 • El bien Polígono Las Velas fue declarado baldío en Escritura Pública 3570 del 8 de noviembre de 1999 y folio de matrícula inmobiliaria 060-178207. Nueve años antes que Judith Pinedo se posesionara como Alcaldesa del Distrito de Cartagena de Indias (1 de enero del 2008).

• Durante el 2006, el Concejo Distrital de Cartagena (presidido por el concejal WILLIAM GARCÍA TIRADO) tramitó la solicitud del entonces alcalde distrital y profirió el Acuerdo No. 030 del 14 de diciembre de 2006. En este se autorizó al distrito para la destinación y disposición de los bienes inmuebles cedidos por la Nación al Distrito.

• El Concejo Distrital mediante Acuerdo No. 030 del 14 de diciembre de 2006 estableció, en el Art. 5º, el procedimiento para las ventas de los bienes inmuebles que trata el Art. 123 de la Ley 388 de 1997.

Textualmente estableció que los poseedores tenían el derecho de prevalencia en la adjudicación de los baldíos. Tal era el caso del HOTEL DANN de Cartagena, que venía ocupando desde su construcción el “Polígono las Velas”.

• El bien que hoy conocemos como Polígono Las Velas venía siendo ocupado por lo que es hoy HOTEL DANN desde, aproximadamente desde hacia 40 años antes de la venta.

• En ese orden, era claro que el Concejo Distrital había otorgado facultades a la Alcaldía de Cartagena para enajenar los terrenos declarados baldíos en la Escritura Pública 3570 del 8 de noviembre de 1999. Por esta razón, en el año 2007 el mismo Concejo Distrital incluyó como parte del presupuesto del año 2009, activos por concepto de ventas de bienes baldíos.

Antecedentes Denuncia

 • Paradójicamente, el mismo concejal WILLIAM GARCÍA TIRADO denunció a JUDITH PINEDO, por la venta del bien baldío que él como presidente del Concejo había autorizado al Distrito vender.

• El entonces concejal señaló que la venta del distrito al hotel se había realizado sobre un terreno de playa, específicamente, donde funcionaba el establecimiento comercial Sunset Beach del señor JUAN DIEGO USECHE.

• El Señor JUAN DIEGO USECHE fue ocupante de hecho de las playas durante muchos años. Durante este tiempo taponó las salida de huéspedes del Hotel DANN a la playa porque tenía montando un gran negocio de camas, kioscos, sillas, sombrillas, cocina y demás. El paso del tiempo lo llevó a creer que tenía el derecho a quedarse con la playa.

• Valga resaltar que JUAN DIEGO USECHE y/o la sociedad comercial ASESORÍAS Y MERCADEO UV Ltda., nunca ocuparon el predio objeto de la venta denominado “Polígono Las Velas”. La zona que éste ocupó es un terreno completamente diferente, que se encontraba instalado y funcionando por fuera del inmueble que le fue vendido al Hotel Dann, pero que impedía el acceso directo de los huéspedes a la playa.

• A falta de permiso para operar este negocio, la Alcaldía de la Localidad No. 1 del Distrito de Cartagena de Indias, mediante resolución No. 1875 del 15 de septiembre de 2009, ordenó a JUAN DIEGO USECHE ORTEGÓN restituir una porción del espacio público que se encontraba indebidamente ocupado.

Proceso Penal

• El 25 de abril de 2011, inició el proceso penal en contra de JUDITH. La Fiscalía formuló imputación por los delitos de peculado por apropiación y celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, en condición de coautora, basada en el presupuesto que vendió una playa y que por lo tanto había defraudado el patrimonio y la administración pública.

• Tras reiteradas solicitudes por parte del señor JUAN DIEGO USECHE y del Fiscal del caso de ese entonces, ÁLVARO HERNÁNDEZ PIANETA; el primero se constituyó como víctima en el proceso que se encuentra en curso. Lo anterior resulta curioso, toda vez que, de ser coherente con la tesis que defiende la Fiscalía, esto es, que el terreno que se vendió era playa, la única víctima sería la Nación como titular del supuesto bien de uso público.

• En primera instancia, el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Turbaco emitió sentencia absolutoria en favor de la accionante, de fecha 7 de octubre de 2020. El juzgado encontró probada la tesis que el “Polígono las Velas”, correspondiente a un bien baldío, era el inmueble vendido al Hotel DANN. Y en consecuencia, la playa que había sido ocupada temporalmente por JUAN DIEGO USECHE, era un bien distinto y que correspondía a playa.

• Inconformes con esta decisión, la Fiscalía 90 delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá, el Ministerio Público y la representación de víctimas apelaron la decisión de la primera instancia, correspondiéndole así el conocimiento de la segunda instancia a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena.

• En segunda instancia, el 12 de abril de 2021, el Tribunal Superior de Cartagena, Sala de Decisión Penal decidió revocar la absolución y en su lugar condenaron a JUDITH PINEDO a la pena de 150 meses de prisión, multa de 1400 salarios mínimos mensuales vigentes, inhabilitación para el ejercicio de derechos por el término de 150 meses e inhabilitación intemporal para el ejercicio de los derechos y funciones públicas, sin derecho a subrogados penales.

• El Tribunal consideró que en el expediente se encontraba probado que el objeto del contrato de compraventa del Polígono Las Velas, realizado a través de Escritura Pública 408 de 2009, era un bien de uso público (es decir playa). La conclusión se desprende, principalmente, de un “testimonio técnico” de una funcionaria del INCODER quien a partir de su lectura de la escritura pública y una vista de Google Earth determinó la naturaleza de uso público del bien objeto de la venta realizada por el distrito. Con ello, a juicio del tribunal, se configuró los delitos de celebración de contrato sin el cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación.

• En la sentencia de segunda instancia se libró orden de captura en contra de JUDITH PINEDO. Además, mediante oficio No. 2800 de 16 de abril de 2021, la magistrada ponente la puso a disposición del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario.

• El día 16 de abril de 2021 se hizo efectiva la orden de captura; quien decidió entregarse a las autoridades de manera voluntaria y en la actualidad se encuentra recluida en la cárcel Distrital de Cartagena.

• La defensa de JUDITH hizo la solicitud de aclaración del sentido y alcance de la orden de captura y el Tribunal Superior de Cartagena, Sala de Decisión Penal, confirmó lo establecido en la sentencia de segunda instancia del 12 de abril de 2021 y ratificó que lo procedente era la captura de la procesada de forma inmediata.

• En este punto es importante aclarar que la defensa se encuentra en desacuerdo con la integralidad de los razonamientos y la decisión del Tribunal, razón por la cual interpondrá los recursos procedentes. Todos los requisitos que se establecieron en las normas que regulan el tema y basada en la buena fé JUDITH PINEDO hizo una venta de un bien que estaba revestido legalmente de la calidad de baldío, además que no se apropió de recursos del patrimonio público porque el precio del bien vendido fue depositado al Distrito de Cartagena de Indias.

Más Detalles del proceso

Testimonios del Pueblo

¡Los hechos hablan más que las palabras! Por eso, los invitamos a conocer desde la voz de los ciudadanos de Cartagena, la gestión de Judith Pinedo.

¡Mariamulata somos todos!

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